por el cual se crea la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial y se determinan sus objetivos, estructura y funciones
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere los literales e), y f) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1450 de 2011, del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, en su artículo 195, indica que: "el direccionamiento estratégico de la Política Nacional de Consolidación Territorial será responsabilidad del Consejo de Seguridad Nacional. El Gobierno Nacional determinará y revisará periódicamente las zonas de intervención, y creará y fortalecerá los mecanismos institucionales de gerencia y coordinación civil del orden nacional y regional para su implementación, aprovechando y fortaleciendo las capacidades del Centro de Coordinación de Acción Integral de la Presidencia de la República (CCAI) y sus Centros de Coordinación Regionales (CCR)".
Que como resultado de la revisión estratégica del Plan Nacional de Consolidación Territorial se establecieron acuerdos interinstitucionales sobre el concepto, la identificación y solución de las principales debilidades estructurales del proceso, así como su incorporación en los temas prioritarios de la agenda Gubernamental, y se definieron estrategias y planes de acción sectorial para la creación de la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial, PNCRT.
Que se requiere direccionar el esfuerzo civil del Estado a la institucionalización del territorio, la promoción de la participación ciudadana y la facilitación de la integración de las regiones a la vida social y económica del país en aquellas regiones afectadas por la violencia.
Que para cumplir esta función se requiere de una entidad con capacidad técnica e institucional, que coordine y movilice la institucionalidad estatal, el sector privado y la cooperación internacional, así como que ejecute recursos de inversión a nivel regional en las zonas de intervención de esta nueva entidad.
Que el CONPES 3669 del 28 de junio de 2010, define la Política Nacional de Erradicación Manual de Cultivos Ilícitos y Desarrollo Alternativo para la Consolidación Territorial.
Que los literales e) y f) del artículo 18 de la Ley 1444 del 2011 le otorgan al Presidente de la República facultades extraordinarias para crear entidades u organismos de la Rama Ejecutiva del orden nacional y determinar los objetivos y estructura, y que la facultad se ejercerá parcialmente para la creación de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial.
DECRETA:
CAPÍTULO I
Creación, objetivo, funciones y recursos
Artículo 1°. Creación de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial. Créase la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrita al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, perteneciente al Sector de Inclusión Social y Reconciliación.
Artículo 2°.Objetivo. La Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial tiene como objetivo implementar, ejecutar y hacer seguimiento a la ejecución de la Política Nacional de Consolidación Territorial, y canalizar, articular y coordinar la intervención institucional diferenciada en las regiones de consolidación focalizadas y en las zonas afectadas por los cultivos ilícitos.
Artículo 3°. Sede. La Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial tendrá su sede principal en la ciudad de Bogotá, D. C., pero podrá desarrollar sus competencias en el territorio nacional.
Artículo 4°.Patrimonio. El patrimonio de La Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial, estará constituido por:
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- Las partidas que se le asignen en el Presupuesto General de la Nación.
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- Los recursos provenientes de crédito interno y externo, previa incorporación en el Presupuesto General de la Nación.
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- Los recursos provenientes de la cooperación nacional e internacional, previa incorporación al Presupuesto General de la Nación.
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- Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título.
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- Las donaciones en dinero que ingresen directamente a la entidad previa la incorporación al Presupuesto General de la Nación, y las donaciones en especie legalmente aceptadas.
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- Los activos que le transfiera la Nación y otras entidades públicas del orden nacional.
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- Los demás bienes o recursos que la Unidad adquiera o reciba a cualquier título.
CAPÍTULO II
Estructuray funciones
Artículo 5°.Funciones. La Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial, cumplirá las siguientes funciones:
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- Ejecutar la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial, en coordinación con las entidades competentes del nivel nacional y regional.
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- Apoyar al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en el diseño y la formulación de la política pública para la Consolidación Territorial.
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- Articular la oferta institucional del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y de las entidades adscritas y vinculadas a dicho Departamento en las regiones focalizadas por la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial, de conformidad con las directrices del Comité Ejecutivo de Prosperidad Social y del Consejo de Seguridad Nacional.
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- Formular y ejecutar estrategias para promover la transición económica y social de los territorios de las regiones focalizadas por la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y en las afectadas por cultivos ilícitos.
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- Ejecutar recursos de inversión encaminados a desarrollar proyectos y acciones de respuesta oportuna para atender necesidades de la comunidad en las regiones focalizadas por la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y en las zonas con cultivos ilícitos.
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- Hacer seguimiento al proceso de consolidación y reconstrucción en las regiones afectadas por la presencia de organizaciones armadas ilegales, de cultivos ilícitos y focalizadas por la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial.
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- Procurar que las estrategias y programas institucionales contra los cultivos ilícitos, se incluyan en la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial.
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- Coordinar la intervención del sector público y articular al sector privado y la cooperación internacional, en las regiones focalizadas por la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y en las zonas afectadas por los cultivos ilícitos.
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- Articular las políticas sectoriales del Gobierno Nacional y las prioridades de las autoridades regionales y locales con la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y con las estrategias y programas institucionales contra los cultivos ilícitos.
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- Articular la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y las estrategias y programas institucionales contra los cultivos ilícitos, con la política de seguridad y defensa.
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- Gestionar recursos con el sector público, privado y la cooperación internacional para financiar la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y las estrategias institucionales contra los cultivos ilícitos.
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- Coordinar con las instancias nacionales y regionales pertinentes y la comunidad, la formulación, ejecución y seguimiento de los planes estratégicos y planes de acción regionales de consolidación; así como los planes regionales de lucha contra los cultivos ilícitos.
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- Coordinar con las entidades y autoridades competentes estrategias orientadas a la recuperación y saneamiento de territorios y áreas de protección ambiental en las regiones focalizadas en la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial.
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- Promover la inclusión de las buenas prácticas ambientales para el uso adecuado de los recursos naturales, en la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y en las estrategias institucionales de lucha contra los cultivos ilícitos, en coordinación con las entidades competentes.
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- Producir información para el análisis de los avances en control institucional, integración regional y participación ciudadana, en los territorios focalizados por la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial.
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- Presentar los informes de avance de la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y de las estrategias y programas institucionales contra los cultivos ilícitos, además de los informes que requiera el Director del Departamento Administrativo, el Consejo de Seguridad Nacional y demás órganos rectores.
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- Administrar los recursos que le sean asignados para la implementación de la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y para financiar las estrategias y programas institucionales contra los cultivos ilícitos.
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- Las demás que le sean asignadas conforme a su naturaleza
Artículo 6°.Órganos de Dirección y Administración: La Dirección y administración de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial, estará a cargo del Director General, que es de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República.
Artículo 7°.Estructura. La estructura de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial, será la siguiente:
- 1. Dirección General
1.1 Oficina Asesora Jurídica
1.2 Oficina Asesora de Planeación y Gestión de la Información
- 2. Dirección de Articulación
- 3. Dirección de Coordinación Regional
- 4. Dirección de Programas contra Cultivos Ilícitos
- 5. Secretaría General
- 6. Gerencias Regionales
- 7. Órganos de asesoría y coordinación
7.1 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno
7.3 Comisión de Personal
Artículo 8°.Despacho del Director General. Son funciones del Despacho del Director General, las siguientes:
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- Dirigir la ejecución, implementación y seguimiento de la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y de las estrategias y programas institucionales contra los cultivos ilícitos.
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- Dirigir los procesos estratégicos, misionales, de apoyo y de evaluación y control de la entidad para el cumplimiento de la misión.
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- Dirigir la gestión de la entidad en relación con la oferta institucional que tenga competencias en la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y de las estrategias y programas institucionales contra los cultivos ilícitos.
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- Presentar al Director y a los órganos directivos y de coordinación del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social las demandas consolidadas de recursos e intervención que la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial requiere de las entidades e instituciones estatales del nivel nacional
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- Promover la inclusión de la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y las estrategias y programas institucionales contra los cultivos ilícitos, se incluyan en las políticas, programas estratégicos y planes de inversión del Gobierno colombiano y la cooperación internacional.
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- Recomendar al Consejo de Seguridad Nacional y a los órganos de coordinación del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación, ajustes o cambios a la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial
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- Recomendar al Consejo de Seguridad Nacional la inclusión o exclusión de regiones de consolidación.
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- Formular la estrategia para la articulación de la oferta institucional nacional, y regional en materia de consolidación territorial y cultivos ilícitos.
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- Participar en el Comité Ejecutivo del Departamento para la Prosperidad Social.
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- Formular, implementar y evaluar el plan estratégico de comunicaciones de la entidad.
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- Suscribir acuerdos de cooperación nacional e internacional, pública y privada para trabajar en conjunto en la implementación de proyectos en los territorios.
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- Rendir informes al Presidente de la República, al Consejo de Seguridad Nacional, al Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y demás autoridades competentes sobre las actividades desarrolladas, la situación general de la Unidad y las medidas adoptadas que puedan incidir en la política de gobierno.
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- Coordinar las actividades de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial, con las entidades públicas del orden nacional del sector central y del descentralizado, las entidades territoriales, la Organización Electoral y los organismos de control.
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- Ordenar los gastos y suscribir como representante legal los actos, convenios y contratos, para el cumplimiento de los objetivos y funciones asignadas.
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- Designar mandatarios y apoderados que representen a la Unidad en asuntos judiciales y extrajudiciales para la mejor defensa de sus intereses.
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- Ejercer la función de control disciplinario interno en los términos de la Ley 734 de 2002 o en las normas que la modifiquen.
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- Nombrar y remover al personal de la Unidad, así como expedir los actos administrativos relacionados con la administración de personal de la Unidad de conformidad con las normas vigentes.
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- Crear y organizar mediante resolución interna y con carácter permanente o transitorio, comités y grupos internos de trabajo para atender las necesidades del servicio, teniendo en cuenta los planes, programas, proyectos, líneas de trabajo y funciones de la Unidad.
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- Garantizar el ejercicio del control interno, supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones
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- Aprobar el anteproyecto de presupuesto de funcionamiento, así como el plan de compras y el proyecto del Programa Anual Mensualizado de Caja, y realizar el seguimiento a su ejecución.
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- Dirigir y coordinar las funciones de administración de personal, de conformidad con las normas en la materia.
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- Dirigir la implementación del Sistema Integrado de Gestión y de mejoramiento continuo con el fin de garantizar la calidad en la prestación de los servicios de la Unidad
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- Representar en los asuntos de su competencia al Gobierno Nacional
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- Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Unidad.
Artículo 9°.Oficina Asesora Jurídica. Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica, las siguientes:
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- Asesorar a la Dirección General y a las demás dependencias de la Unidad en los asuntos jurídicos relacionados con la entidad.
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- Elaborar, analizar y conceptuar sobre los proyectos de ley, decretos, acuerdos, resoluciones, contratos, convenios nacionales y demás actos y/o asuntos administrativos que deba expedir o proponer a la entidad.
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- Resolver las consultas formuladas por los organismos públicos y privados, así como por los usuarios y particulares, de conformidad con las normas que rigen los servicios y funciones de la entidad.
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- Coordinar los temas jurídicos de tipo contencioso o contractual de la Unidad Administrativa Especial.
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- Adelantar las actuaciones correspondientes para atender oportunamente las acciones de tutela, cumplimiento, populares, derechos de petición y demás asuntos administrativos de la Unidad Administrativa Especial.
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- Dirigir y orientar la representación judicial y extrajudicialmente de la Unidad en los procesos y demás acciones legales que se instauren en su contra o que esta deba promover.
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- Revisar, analizar y conceptuar los proyectos de normas en los que se pueda ver afectada la Unidad y pronunciarse sobre los mismos.
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- Coordinar el desarrollo de los estudios e investigaciones que en el campo jurídico requiera la entidad.
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- Compilar, organizar y sistematizar la normatividad y jurisprudencia relativa al objetivo y funciones de la Unidad y velar por su aplicación y difusión interna, y establecer la posición jurídica.
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- Revisar propuestas y elaborar conceptos técnicos como parte de los procedimientos de contratación de los bienes y servicios que se requieren para el correcto funcionamiento de la Unidad.
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- Elaborar, estudiar y conceptuar sobre proyectos de actos administrativos, contratos y/o convenios que deba suscribir o proponer la entidad, y sobre los demás asuntos que le asignen, en relación con la naturaleza de la Unidad, en lo de su competencia.
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- Promover y desarrollar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión de la Dependencia.
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- Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Unidad.
Artículo 10. Oficina Asesora de Planeación y Gestión de la Información. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación y Gestión de la Información, las siguientes:
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- Asesorar a la Dirección General en la formulación, ejecución y evaluación de planes, programas y proyectos de la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y de las estrategias y programas institucionales contra los cultivos ilícitos.
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