Por el cual se modifican algunas disposiciones del Decreto número 3036 de 1949

Rango Decreto
Publicación 1950-01-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere la Ley 93 de 1948,

DECRETA:

Artículo 1°. A partir del 1° de enero de 1950 suprímase el siguiente personal del fijado para la Policía Nacional por Decreto 3036 de 1949:
Sección Primera de la Intendencia.
Almacenista 1° $ 300.00
Sección Segunda Sanidad.
Especialista Urólogo 400.00
Especialista Traumatólogo 400.00
Especialista de Organos de los Sentidos 400.00
Especialista Vías Respiratorias 400.00
Radiólogo 400.00
Ayudante del Radiólogo 250.00
Sección Sexta Caja, Contabilidad y Presupuesto.
a)Jefe de Sección 600.00
b)Contador Primero 450.00
Departamento de Investigación Criminal
Jefe Departamento, Comandante Jefe 800.00
Personal de Carrera
2 Comandantes Jefes 1.600.00
5 Comandantes 3.250.00
4 Comisarios Jefes 2.000.00
1 Comisario 400.00
1Sub-comisario a prueba 280.00
Suma $ 11.930.00
Artículo 2° A partir de la misma fecha créanse los siguientes cargos en la Dirección General, Departamento de Servicios Administrativos, Departamento de Investigación Criminal y División de Bogotá: Dirección General
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3 Mecanógrafos Primeros a $180 $ 540.00
Departamento de Servicios Administrativos.
Intendencia:
Almacenista General 380.00
1 Contador segundo 380.00
1 Adjunto de Kárdex 220.00
Sección Segunda - Sanidad
2 Especialistas de Rogarnos de los sentidos, a $ 500 cada uno 1.000.00
1 Especialista Urólogo 500.00
1 Especialista Traumatólogo 500.00
1 Radiólogo 500.00
1 Ayudante del Radiólogo 250.00
1 Ayudante del Urólogo 250.00
2 Enfermeros Urólogos a $ 190 380.00
1 Ayudante de Laboratorio 210.00
Sección Sexta
Presupuesto, Contabilidad y Control
Jefe de Presupuesto 800.00
Sub-Jefe de Ordenación y Control 650.00
Contador Primero 480.00
2 Contadores a $ 400 cada uno 800.00
2 Oficiales de Giros a $ 350 700.00
1 Oficial de Cuentas 250.00
1 Oficial de Contratos y Pedidos 300.00
1 Cartero mensajero 140.00
Departamentos de Investigación Criminal
Jefe del Departamento 1.000.00
División Bogotá
2 Odontólogos Segundos a $ 350 700.00
1 Abogado Asesor 500.00
1 Adjunto de Correspondencia 220.00
Suma $ 11.930.00
Artículo 3° Este Decreto rige desde el 1° de enero de 1950.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 31 de diciembre de 1949.

(Fdo.)MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Gobierno, Luis IgnacioANDRADE

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