por el cual se ajusta a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos de la planta de personal de Empleados Públicos del Hotel San Diego S. A. - Hotel Tequendama y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 2007-10-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto-ley 092 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 21 del Decreto-ley 092 de 2007, ordenó que la planta de personal debe ser ajustada al Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos del Sector Defensa establecido en el mismo decreto, con fundamento en la Tabla de Organización “TO” expedida para cada entidad o dependencia;

Que mediante Resolución número 034 de marzo 28 de 2007, fue expedida la Tabla de Organización “TO” de la Planta de Personal del Ministerio de Defensa Nacional - Hotel San Diego S. A. - Hotel Tequendama, a que se refiere el artículo 20 del Decreto-ley 092 de 2007, en la cual se efectuaron las equivalencias de los empleos de acuerdo a la nomenclatura y clasificación establecida en el mencionado decreto;

Que la Junta Directiva de la Entidad decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la planta de personal que se establece en el presente decreto, como consta en el Acta número 879 del 30 de marzo de 2007,

DECRETA:

Artículo 1°. La planta de personal de Empleados Públicos del Hotel San Diego S. A. - Hotel Tequendama, de conformidad con el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos especial del Sector Defensa contemplado en el Decreto-ley 092 de 2007, será la siguiente:
N° DE EMPLEOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO
Uno (01) Gerente General de Entidad Descentralizada Vinculada del Sector Defensa 1-2 21
Uno (01) Secretario General de Entidad Descentralizada Vinculada del Sector Defensa 1-2-1 14
Uno (01) Jefe de Oficina del Sector Defensa 1-4 11
Artículo 2°. El Gerente General del Hotel San Diego S. A. - Hotel Tequendama, mediante resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 3°. Los funcionarios que a la fecha de expedición del presente decreto se encuentren prestando sus servicios en la planta de personal del Hotel San Diego S. A. - Hotel Tequendama, serán incorporados en los cargos de que trata el artículo 1°, en un término máximo de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto número 1801 del 28 de agosto de 2001 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de octubre de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Ministro de Defensa Nacional,

Juan Manuel Santos C.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

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