Por la cual se destinan varias partidas

Rango Decreto
Publicación 1938-04-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° De los fondos votados en el artículo 248. Capítulo 45. de la Ley de: Apropiaciones vigente, destínanse las síguientes cantidades, para auxiliar los restaurantes escolares en los Departamentos que a continuación se expresan:
Antioquia $ 4.166.66
Bolívar 1.100.00
Caldas 1.000.00
Cauca 602.24
Santander 4.000.00
Tolima 1.500.00
Valle 3.289.87
Total $ 15.658.77
Artículo 2° De la misma partida votada en el artículo 248, Capítulo 45, de la Ley de Apropiaciones, para la presente vigencia fiscal, destínanse dos mil quinientos pesos ($ 2.500.00), para auxiliar el restaurante de la Escuela Anexa a la Normal de varones de Tunja. Los giros respectivos se harán al Secretario Habilitado de dicha Normal.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de marzo de 1938.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educación Nacional,

José Joaquín CASTRO M.

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