Por el cual se reorganizan unas oficinas, se suprimen unas plazas y se crean otras en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1.° Reorganízanse las Oficinas Telegráficas de Carnicerías y La Plata, cada una con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
| Carnicerías. | ||
|---|---|---|
| Un Telegrafista Administrador, con | $ | 30 |
| Un Cartero, con | 5 | |
| La Plata. | ||
| Un Telegrafista Jefe, con | 45 | |
| Un Ayudante, con | 35 | |
| Un Cartero, con | 7 |
Artículo 2.° Suprímense dos plazas de Ayudantes en la Oficina Telegráfica de Puente Nacional, y créanse dos más en la de Chiquinquirá, con las mismas asignaciones de las demás de su clase en esta última Oficina.
Articulo 3.° El presente Decreto empezará a regir diez días después de su fecha.
Comuniquése y publíquese.
Dado en Bogotá a 31 de marzo de 1922.
JORGE HOLGUIN-El Ministro de Gobierno, Víctor M. SALAZAR.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.