Por el cual se ordena la emisión de unas estampillas postales

Rango Decreto
Publicación 1949-01-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidenta de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. A fin de dar cumplimiento al artículo 11 de la Ley 45 del presente año, ordénase la emisión de las siguientes estampillas postales:
De $ 0.03. 10.000.000 en color gris claro.
De $ 0.30. 300.000 en color violeta.
De $ 1.00. 200.000 en color negro.

Parágrafo. Las citadas estampillas deberán llevar la efigie del doctor Jorge Eliécer Gaitán, y tendrán valor para el franqueo por tiempo indefinido.

Comuníquese.

Dado en Bogotá a 20 de diciembre de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

José Vicente DAVILA TELLO.

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