por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1950-01-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 23 de diciembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva:

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Capítulo 108.
Del artículo 2143-A. Para gastos adicionales que demande la adquisición de la draga marina de succión "Ciudad de Barranquilla", tales como transportes, seguros, ensayos, honarios, sostenimiento y demás gastos $ 64.000.00
Capítulo 108.
Al artículo 2139. Para atender a los gastos que demanden la administración y explotación del Puerto Terminal de Barranquilla 64.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 31 de diciembre de 1949.

(Fdo.) MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Relaciones Exteriores, Eliseo ARANGO-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, HernanJARAMILLO OCAMPO.

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