Por el cual se trasladan varias partidas en el presupuesto de gastos de 1907

Rango Decreto
Publicación 1907-01-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El presidente de la Republica de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1°. Trasládanse en el Presupuesto de gastos del año económico de 1906 las siguientes partidas que se deducen de las imputaciones respectivas:

EL MINISTERIO DE GOBIERNO

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA

Capítulo 17

Gastos varios de Justicia

MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO

DEPARTAMENTO DEL TESORO

Capítulo 39

Gastos varios

DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS

Capítulo 57

Ministerio de Obras Públicas - Personal

Artículo 334. Sueldos de los empleados en este Ministerio así:

Empleados especiales

Artículo 2°. Las partidas que se trasladan tendrán las siguientes imputaciones:

MINISTERIO DE GOBIERNO

DEPARTAMENTO DE POLITICA INTERIOR

Capitulo 7°

Gastos varios

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA

Capítulo 12

Corte Suprema de Justicia- Personal

Artículo 42. Sueldos de los empleados de la Corte Suprema de Justicia:

CAPITULO 13

Tribunal de Distrito Judicial- Personal

Artículo 48. Sueldo de los empleados del Tribunal del Cauca (Popayán):

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Capítulo 57

Ministerio de Obras Públicas- Personal

Artículo 334. Sueldos de los empleados así:

Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras pagadoras verificarán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Honda, a 7 de Enero de 1907.

R. REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

TOBIAS VALENZUELA

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