Por el cual se adiciona y reforma el marcado con el número 883 de 26 de julio de 1907

Rango Decreto
Publicación 1908-01-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República De Colombia

decreta:

Artículo único. El conocimiento de los juicios que se sigan contra los Administradores departamentales de las Rentas reorganizadas, con arreglo á lo que dispone el Decreto número 883 de 26 de Julio de 1907, asignase á los Jueces Superiores de rentas, en primera instancia, y al Juez de Ejecuciones fiscales en segunda.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 13 de Enero de 1908.

R. REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

tobias VALENZUELA

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