Por el cual se ordena la emisión de unas estampillas

Rango Decreto
Publicación 1955-02-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el próximo 23 de febrero de 1955 se cumplen cincuenta años de la fundación del Club Rotario Internacional;

Que el Club Rotario Colombiano está integrado por distinguidas personalidades que han solicitado al Ministerio de Comunicaciones la celebración de este evento, en forma postal, y

Que varias naciones del mundo van a emitir estampillas con motivo de esta conmemoración,

DECRETA:

Artículo 1° Autorízase la emisión de seis millones (6.000.000) de estampillas de cinco centavos ($ 0.05), para correo ordinario y tres millones (3.000.000) de estampillas de quince centavos ($ 6.15 para correo aéreo, cuyos motivos centrales serán la "Quinta de Bolívar" y el "Escudo del Club Rotario Internacional".
Artículo 2° La emisión de las estampillas a que se refiere el presente Decreto la hará el Departamento de Giros del Ministerio de Comunicaciones, con cargo a la cuenta "Correo Aéreo", de que trata el Decreto número 2347 de 1953.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 12 de enero de 1955.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Comunicaciones,

Brigadier General Gustavo Berrío Muñoz.

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