por el cual se deroga el Decreto 2877 de 1990
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
Artículo 1° Derógase en todas sus partes el Decreto 2877 de noviembre 28 de 1990.
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 9 de enero de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Desarrollo Económico,
Jorge Ospina Sardi.
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