Por el cual se abre un crédito extraordinario al presupuesto de la vigencia fiscal de 1933
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que el señor, Ministro de Hacienda y Crédito Público solicitó con fecha 9 de febrero del año en curso, del honorable consejo de Ministros la .autorización de que trata el aparte d) del articulo 31 de la Ley 64 de 1931 para abrir un crédito extraordinario por la suma de $ 380,00t0- depositada en el Banco, de la República, con el fín de atender las obras contempladas ,en el contrato celebrado por el Gobierno con la Regie Genérale de Chemins; de Fer el Travaux Publics;
Que la solicitud del, señor Ministro de Hacienda y Crédito Público pasó al estudio del señor Ministro de Industrias, quien de conformidad con el artículo 29 de la Ley 64 de 1931, solicitó el concepto del Consejo de Estado, que se emitió en sentido favorable a dicha solicitud, y
Que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 24 de febrero del año en curso, aprobó la proposición con que termina el, informe presentado por el señor Ministro, de Industrias y autorizó al señor Ministro de. Hacienda y Crédito Publico para la apertura, de: un Crédito Público extraordinario al Presupuesto vigente por la suma de $ 380,000, suma que se distribuirá, de acuerdo con el contrato mencionado, para la construcción de obras de reconocido interés público,
DECRETA:
Artículo único Abrase al presupuesto de la vigencia fiscal de 1933 el siguiente crédito extraordinario
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
CAPITULO 76
Edificios nacionales
| Artículo 410 A para la construcción del edificio para la Biblioteca Nacional | $120,000. |
|---|---|
| Artículo 410B. para la construcción de pabellones para señoritas | 30,000. |
CAPITULO 77
Obras varias
| Artículo 416 A. Para terminación, hasta la estación de Barbosa, del ferrocarril central del Norte, sección 1ª | 230,000. |
|---|---|
| Total del crédito extraordinario$ | 380,000. |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 27 de febrero de 1933
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Esteban JARAMILLO
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