Por el cual se suprime el servicio de Escalafón Territorial
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° Mientras dura la difícil situación fiscal en que se halla la Nación, suprimes el servicio de Escalafón Territorial de Reclutamiento.
Artículo 2° Por el Ministerio de Guerra se dispondrá que este servicio se preste temporalmente por Oficiales del Ejército en servicio activo.
Artículo 3° Este Decreto regirá desde el día 16 del presente mes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 4 de marzo de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA.
El Ministro de Guerra,
isaias LUJAN.
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