por el cual se nombra una Comisión especial á Puerto Córdoba
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.° Nómbrase al señor Carlos Prieto Comisario en misión especial á Puerto Córdoba, el cual irá acompañado hasta de ocho gendarmes.
Parágrafo. El Comisario disfrutará de un sueldo de $ 150 mensuales, y los gendarmes de uno de $ 30, por el tiempo que dure la Comisión. Presupónese, además, la cantidad de $ 600 para provisiones, los cuales se pagarán por anticipación.
Artículo 2.° Los egresos que ese Decreto ocasione serán imputados al capítulo 22, artículo 166, parágrafo 1.°, del Presupuesto de gastos.
Artículo 3.° Un oficial en servicio del Ejército, que será designado por el Ministerio de Guerra, formará parte de la Comisión.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá á 8 de Mayo de 1911.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
JORGE ROA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.