Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1977 en la cantidad de $ 28.075.756.36

Rango Decreto
Publicación 1977-03-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la-República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando

Que en el presupuesto de gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1976, quedó un saldo por ejecutar de $ 28.075.756.36 (veintiocho millones setenta y cinco mil setecientos cincuenta y seis pesos con treinta y seis centavos moneda comente), el cual .es necesario incorporar al presupuesto de gastos de la actual vigencia, por tratarse de fondos con destinación específica;

Que el artículo 14 del Decreto número 369 del 10 de marzo de 1972 autoriza al Ministro de Obras Públicas para destinar los saldos no utilizados del Fondo de Inmuebles Nacionales en los proyectos existentes;

Que se han cumplido todos los requisitos legales necesarios para la tramitación de esta clase de negocios

decreta:

Artículo 1o Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo de Inmuebles Nacionales. de. la vigencia fiscal de 1977, en la cantidad de $ 28.075:756.36 (veintiocho millones setenta y cinco mil setecientos cincuenta y seis pesos con treinta, y seis centavos moneda corriente), según el siguiente detalle:

Presupuesto de ingresos

Otros recursos

Numeral 4 Recursos del Balance $ 28.'075.756.36
Artículo 2o Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1977, en la cantidad de $ 28.075.756.36 (veintiocho millones setenta y cinco mil setecientos cincuenta y seis pesos con treinta y seis centavos moneda corriente) de acuerdo a la siguiente distribución:

Presupuesto de gastos

Inversión directa

Programa 01:

Estudios, construcción, reconstrucción y conservación de Edificios, monumentos y parques nacionales.

Artículo 01. Estudios, construcción y reconstrucción de Inmuebles Nacionales: $ 28.075.756.36
Proyecto 13. Palacio de Nariño $ 28.075.756.36
Artículo 3o El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición

Comuníquese y cúmplase

Dado en Bogotá, D. E., a 28 de febrero de 1977.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Abdón Espinosa Valderrama.

El Ministro de Obras Públicas y transporte,

Humberto Salcedo Collante.

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