por el cual se deroga el Decreto 3939 del 25 de noviembre de 2004, "por el cual se aprueba el Programa de Enajenación de las acciones que Bancafé y Granahorrar Banco Comercial S. A., poseen en la Planta Terminal de Distribución de Productos Derivados de Petróleo del Centro, Terpel del Centro S. A."
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 6º de la Ley 226 de 1995, y previo concepto del Consejo de Ministros celebrado el 21 de noviembre de 2005,
DECRETA:
Artículo 1º. Derógase el Decreto 3939 de 2004.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de su publicación, y deroga el Decreto 3939 de 2004.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de noviembre de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
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