Por el cual se encarga accidentalmente de la Secretaría de Guerra al Secretario del Tesoro i Crédito nacional
Texto vigente a fecha 1970-01-02
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
decreta:
Art. único. Durante la licencia concedida al señor Ramón Santodomingo Vila, la cual se contará desde esta fecha, encárgase del despacho de la Secretaría de Guerrá al Secretario del Tesoro i Crédito nacional.
Comuníquese.
Dado en Bogotá, a 28 de setiembre de 1874.
S.PÉREZ.
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores,
J. Sánchez.