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Por el cual se encarga accidentalmente de la Secretaría de Guerra al Secretario del Tesoro i Crédito nacional

Texto vigente a fecha 1970-01-02

El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

decreta:

Art. único. Durante la licencia concedida al señor Ramón Santodomingo Vila, la cual se contará desde esta fecha, encárgase del despacho de la Secretaría de Guerrá al Secretario del Tesoro i Crédito nacional.

Comuníquese.

Dado en Bogotá, a 28 de setiembre de 1874.

S.PÉREZ.

El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores,

J. Sánchez.