Por el cual se crean dos empleos en la Dirección General de Correos y Telégrafos

Rango Decreto
Publicación 1907-04-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

CONSIDERANDO:

Que por el aumento y constante reparación de las líneas telegráficas, lo mismo que por el desarrollo del servicio de correos tanto internacional como del interior, el trabajo de revisión de cuentas en la Dirección general de Correos y Telégrafos ha aumentado considerablemente,

DECRETA:

Artículo 1°. Créase la plaza de Revisor Jefe de la Contabilidad de la Dirección general de Correos y Telégrafos, con la asignación mensual de cien pesos ($ 100), y de un Ayudante con cincuenta pesos ($50) mensuales.
Artículo 2°. Son atribuciones del Revisor Jefe de la Contabilidad:
Artículo 3°. Por la Dirección general de Correos y Telégrafos se harán los nombramientos de Revisor Jefe de la Contabilidad y Ayudante que se establecen en el presente Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 12 de Abril de 1907.

R. REYES

El Ministro de Gobierno,

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