Por el cual se hacen unas supresiones y unas creaciones en el ramo de Correos del Ministerio de Correos y Telégrafos

Rango Decreto
Publicación 1949-01-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente ele la República de Colombia;

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense las siguientes supresiones en el ramo de Correos del Ministerio de Correos y Telégrafos:
Departamento de Antioquia.
Puerto Berrio.
Dos plazas de Oficiales Primeros de la Administración de Correos con asignación mensual de $ 172.00 cada uno $ 344.00
cargos que vienen desempeñando los señores. Jesús M. Gómez y Gonzalo Rivera.
Departamento de Bolívar.
Cartagena.
Una plaza de Mensajero de 1ª de la Agencia Postal, con asignación mensual de 253.00
Cargo que viene desempeñando el señor Rafael Betancourt.
Calamar.
Una plaza de Auxiliar 4ª de la Administración de Correos, con asignación mensual de 120.00
cargo que viene desempeñando la señorita Teresa Angulo Vásquez.
Departamento de Santander.
Barbosa.
La plaza de Auxiliar 3ª de la Administración de Correos, con asignación mensual de 108.00
cargo que viene, desempeñando la señora Rosa M. de Murillo.
Bucaramanga.
Una plaza de Mensajero de 1ª de la Administración de Correos, con asignación mensual de 253.00
cargo que viene desempeñando el señor Jorge Valdivieso.
Suma $ 1.078.00
Parágrafo. Las partidas anteriores corresponden al Capítulo 100, articulo 1826 del Presupuesto vigente, de 1948.
Artículo 2º Hácense las siguientes creaciones en el ramo de Correos del Ministerio de Correos y Telégrafos;
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Departamento de Antioquia.
Medellín.
Una plaza de Oficial 2º de Recibo y Despacho de la Administración de Correos; con asignación mensual de $ 218.00
Tres plazas de Carteros, con asignación mensual de $ 90.00 cada uno 270.00
Departamento del Valle.
Cali.
Una plaza de Mensajero de 2ª, de la Administración de Correos, con asignación mensual de 207.00
Tres plazas de Carteros, con asignación mensual de $ 90.00 cada uno 270.00
Palmira.
Un Auxiliar 5º de la Administración de Correos con asignación mensual de 100.00
Suma $ 1.065.00
Parágrafo. El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior se imputará al Capitulo y articulo correspondientes al ramo de Correos del Presupuesto del año próximo de 1949.
Artículo 3º Fijase en $ 220.00 mensuales la asignación del Administrador de Correos de Puerto Wilches (Santander). Mayor valor mensual $ 13.00
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Suma $ 13.00

Parágrafo. El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior se imputará al Capítulo y articulo correspondientes al ramo de Correos del Presupuesto del próximo año de 1949.

Artículo 4º El presente Decreto rige a partir del primero (1º) de enero de 1949.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 24 de diciembre de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL- El Ministro de Correos y Telégrafos, José Vicente DAVILA TELLO.

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