Por el cual se suprimen unas oficinas postales y Telegráficas, se crean otras y se hacen unos nombramientos

Rango Decreto
Publicación 1929-03-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º. Suprímese la Oficina intermedia, Postal y Telegráfica, de Cáchira Sur, y la de traslación de Puerto Santos, también Postal y Telegráfica.
Artículo 2°. Créase la Oficina Postal y Telegráfica de Cáchira Sur, con la categoría de traslación, la cual tendrá el personal y asignaciones mensuales siguientes:
Un Telegrafista Administrador de Correos, con $ 150
Un Ayudante, con 100
Dos Carteros, cada uno con 45

Parágrafo. El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior se imputará al capítulo 60, artículo 1487, del Presupuesto vigente.

Artículo 3°. Créase la Oficina Postal y Telegráfica de Puerto Santos, con la categoría de intermedia, la cual tendrá el siguiente personal y asignaciones mensuales:
Un Telegrafista Administrador de Correos con $ 120
Un Cartero, con 30

Parágrafo. El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior se imputará al capítulo 60, artículo 1107, del Presupuesto de la actual vigencia.

Artículo 4°. Hácense los siguientes nombramientos:

Telegrafista Administrador de Correos de Cáchira Sur, señor Arturo Alvarez B.

Ayudante de la Oficina Postal y Telegráfica de Cáchira Sur, señor Arturo Alvarez Parra.

Telegrafista Administrador de Correos de Puerto Santos, señor Leonidas Ovalle.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 6 de marzo de 1929.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

José Jesús GARCIA

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