por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 96 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de modificar su planta de personal encontrándolo ajustado técnicamente, emitiendo en consecuencia, concepto favorable;
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímese de la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el siguiente cargo:
| N° de cargos | Denominación del empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| Planta Global | |||
| 1 (uno) | Subdirector Técnico | 0150 | 19 |
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente al Decreto 213 del 2003.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de noviembre de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Púbico,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Viceministro de Desarrollo Empresarial, encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Carlos Alberto Zarruk Gómez.
El Director del Departamento Administrativo de la Funcion Pública,
Fernando Grillo Rubiano.
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