Por el cual se amplía la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades que le confiere el ordina 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional,
decreta
Artículo 1° Con el objeto de preparar los estudios que requiera la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos, amplíase la Planta de Personal del Departamento Nacional de Planeación, así:
Equipo técnico:
| N° de cargos | Clase | Categoría | Categoría |
|---|---|---|---|
| 5 | Técnicos en planeación | VI | 27 |
| 1 | Secretario mecanotaquígrafo | II | 16 |
Artículo 2°. La Unidad de Infraestructura del Departamento Nacional de Planeación será la Secretaría Técnica de la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos, y el Jefe de dicha Unidad desempeñará las funciones de Secretario Ejecutivo de la Junta.
Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá. D. E., a 24 de marzo de 1969.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público. Abdón Espinosa Valderrama. El Jefe del Departamento Nacional de Planeación, Edgar Gutiérrez Castro. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Delina Guarín de Vizcaya.
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