Por el cual se derogan unos Decretos

Rango Decreto
Publicación 1924-01-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

considerando:

Que por Decreto número 1708 de 1923 fue reorganizada la Sección de Ferrocarriles del Ministerio de Obras Públicas, habiendo quedado a cargo de dicha Oficina todo lo relacionado con la dirección técnica y fiscal de los ferrocarriles de propiedad nacional,

decreta:

Artículo único. Deróganse los Decretos números 183 de 1916 y 1662 de 1922, en- cuanto por ellos se crea el puesto de Administrador Interventor del trayecto de vía- férrea comprendido entre Zipaquirá y Nemocón, se inviste al Cajero Habilitado del Ministerio de Obras Públicas del carácter de Administrador Interventor de dicho, trayecto y se le señala un sobresueldo.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá a 10 -de enero de 1924.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Obras Públicas, Aquilino VILLEGAS.

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