Por el cual se ordena resellar unas especies venales
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Primero. Que con motivo del conflicto europeo se ha dificultado el transporte de algunos pedidos de estampillas de timbre nacional colocados en Londres;
Segundo. Que el Almacenista General de Especies Venales ha avisado que están para agotarse algunas denominaciones de tales especies, y que los pedidos ordenados en el Exterior demoran en llegar, y
Tercero. Que es preciso proveer a suplir las denominaciones que están para agotarse, que son las de mayor demanda en el territorio de la República, por medio de la conversión de especies cuya existencia sea suficiente para abastecer las denominaciones que están para agotarse,
DECRETA:
Artículo 1° Procédase por la Litografía Nacional a resellar para adaptarlas a denominaciones agotadas, estampillas de timbre nacional del valor, cantidad, color, forma y casa editora que enseguida se expresan:
2.100.000 de valor de cuatro centavos ($ 0.04), color morado, forma cuadrada, de la Casa Bradbury, Wilkinson & Cia., de Londres, para convertirlas a la denominación de dos centavos ($0.02).
818.000 de valor de cuarenta centavos ($ 0.40), color rosado, forma rectangular de la casa Thomas de la Rue, de Londres, para convertirlas a la denominación de veinticinco centavos ($0.25).
Artículo 2° El resello a que se refiere el artículo anterior consistirá en imprimir con tinta indeleble, de color negro, sobre la estampilla que se trata de convertir la leyenda en letras y números de la nueva denominación.
Artículo 3° Dése cuenta a la Contraloría General de la República para los efectos de contabilidad a que hubiere lugar en relación con el Almacén General de Especies Venales.
Cópiese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de enero de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
CarlosLLERAS RESTREPO
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