Por el cual se da una autorización al Departamento de Santander
La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,
en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 118 de junio 21 de 1957, el Gobierno Nacional decretó aumentos de salarios, y estableció el subsidio familiar;
Que por Decreto número 0107 de junio 18 de 1957, el Gobierno adoptó medidas de carácter económico que produjeron aumento en los costos de algunos elementos de producción nacional, como lubricantes, combustibles, asfaltos, etc.;
Que por razón de los considerandos anteriores, los precios unitarios vigentes en la reconstrucción y pavimentación de las carreteras nacionales que adelanta el Departamento de Santander, en virtud de la autorización que le confirió el Decreto legislativo número 0049 de 16 de marzo de 1957, no corresponden a la situación actual, y por lo tanto se hace necesario su reajuste, a fin de poder continuar normalmente estas obras, y
Que es conveniente que estas medidas de reajuste se tomen con la rapidez que las circunstancias lo exigen,
DECRETA:
Artículo 1° Autorízase al Departamento de Santander para fijar nuevos precios unitarios, con retroactividad al primero de julio de 1957 en los contratos celebrados por ese Departamento en desarrollo de la autorización conferida por el Decreto legislativo número 0049 de 16 de marzo de 1957, para la reconstrucción y pavimentación de las carreteras nacionales San Gil-Charalá-Límites con Boyacá y Bucaramanga-Barrancabermeja. Dichos nuevos precios y sus condiciones deberán constar en actas firmadas por el Gobernador y el respectivo Contratista, actas que para su validez requerirán de la aprobación del Gobierno, previo concepto favorable del Consejo Nacional de Vías de Comunicación.
Artículo 2° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 21 de febrero de 1958.
Mayor General GABRIEL PARIS G.,
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca.-Vicealmirante Rubén PiedrahilaA.-Brigadier General Rafael Navas Pardo.noneBrigadier General Luis E. Ordóñez C.
El Ministro de Gobierno, Mayor General Pioquinto Rengifo.-El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz de Santamaría.-El Ministro de Justicia, José María Villarreal.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús María Marulanda.-El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya.noneEl Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar,-El Ministro del Trabajo, Raimundo Emiliani Román.-El Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinás.-El Ministro de Fomento, Harold H. Eder.-El Ministro de Minas y Petróleos, Julio César Turbay Ayala.-El Ministro de Educación Nacional, Alonso Carvajal Peralta.-El Ministro de Comunicaciones, Mayor General Pedro. A. Muñoz.--El Ministro de Obras Públicas, Roberto Salazar Gómez.
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