Por el cual se dictan unas disposiciones de la Presidencia de la República

Rango Decreto
Publicación 1959-01-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente da la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiera la Ley 19 de 1958,

DECRETA:

Artículo único. Los sueldos del personal del Comité Nacional de Planeación que, de acuerdo con el Decreto número 2620 de 1958, ha seguido prestando sus servicios interinamente bajo la dirección del Jefe del Departamento Administrativo de Plantación y Servicios Técnicos, se pagarán hasta el 15 de enero del presente año con cargo a los artículos 19, 20, 22 y 28 del Capítulo 2° del Presupuesto de la actual vigencia.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 9 de enero de 1959.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de hacienda y Crédito Público,

Hernando Ayúdelo Villa.

El Secretario General Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Alberto González Fernández.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.