por el cual se delegan unas funciones constitucionales

Rango Decreto
Publicación 2007-11-07
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República se trasladará entre los días 8, 9 y 10 de noviembre del presente año, a la ciudad de Santiago de Chile (Chile), con el fin de asistir a la XVII Cumbre Iberoamericana.

Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro del Interior y de Justicia y el Ministro de Hacienda y Crédito Público, están habilitados para ejercer las funciones constitucionales como Ministros Delegatarios;

DECRETA:

Articulo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refiere el primer considerando del presente Decreto, deléganse en el Ministro del Interior y de Justicia, doctor Carlos Holguín Sardi, por el día 8 de noviembre y en el Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Oscar Iván Zuluaga, los días 9 y 10 de noviembre del presente año, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 7 de noviembre de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

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