por el cual se aclaran los Decretos números 3274 y 3275 de diciembre 27 de 1963

Rango Decreto
Publicación 1964-04-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo 1º. Aclárase el artículo 2º del Decreto número 3274 de diciembre 27 de 1963, mediante el cual fue establecida la planta de personal de las Administraciones de Impuestos Regionales, en el sentido de que los cargos de Cajeros de la Secciones de Cuentas Corrientes y Caja de las Administraciones de Impuestos Nacionales de Manizales, Bucaramanga. Cartagena, Cúcuta e Ibagué son IX-13 y no VII-13 como allí se indicó.
Artículo 2º. Aclárase el artículo 2º del Decreto número 3274 de diciembre 27 del 1963, mediante el cual fue establecida la planta de personal de las Administraciones de Impuestos Regionales, en el sentido de que los cargos de Cajero de las Secciones de Cuentas Corrientes y Caja de las Administraciones de Impuestos Nacionales de Santa Marta, Tunja, Pereira, Armenia, Palmira, Tuluá, Montería, Neiva, Pasto, Girardot, Popayán y Villavicencio, son VII-11 y no VI-11 como allí se indicó.
Artículo 3º. Aclárase el artículo 2º, del Decreto número 3274 de diciembre 27 de 1963, mediante el cual fue establecida la planta de personal de las Administraciones de Impuestos Regionales, en lo que atañe a las de Tunja y Pereira, en el sentido de que en la Administración de Impuestos Nacionales de Tunja son 3 Visitadores de Hacienda Nacional VI-11 del Despacho del Administrador, y en la Administración de Impuestos Nacionales de Pereira es 1 Visitador de Hacienda Nacional VI-11 del Despacho del Administrador, y no como allí se indicó.
Artículo 4º. Aclárase el artículo 1º del Decreto número 3275 de diciembre 27 de 1963, por el cual se modificó el grado ocupacional de todos los cargos de las Recaudaciones de Impuestos Nacionales, en el sentido de que en las Recaudaciones Especiales de Florencia y Riohacha, habrá dos (2) Oficinistas V-7 y no como allí aparece.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a febrero 28 de 1964.

GUILLERMO LEÓN VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Diego Calle Restrepo.

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