por el cual se delegan unas funciones constitucionales

Rango Decreto
Publicación 1996-03-06
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República tiene previsto viajar a la ciudad de Trujillo (Perú), durante los días 8, 9 y 10 de marzo, para asistir a la VIII Reunión del Consejo Presidencial Andino;

Que por tal razón, el Presidente de la República se trasladará a territorio extranjero los días 8, 9 y 10, inclusive;

Que en razón de las disposiciones constitucionales y de conformidad con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro del Interior está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,

DECRETA:

Artículo 1º. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro del Interior, doctor Horacio Serpa Uribe, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquesey cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 5 de marzo de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

José Antonio Vargas Lleras.

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