por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Rango Decreto
Publicación 2004-02-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándolo ajustado técnicamente, emitiendo en consecuencia, concepto favorable;

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó el certificado de viabilidad presupuestal,

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, los siguientes cargos:
N° de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO
1 ( uno) Asesor 1020 12
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
1 (uno) Asesor 1020 12
1 (uno) Asesor 1020 08
1 (uno) Profesional Universitario 3020 10
Artículo 2°. Créase en la planta de personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo el siguiente cargo:
N° de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO
1 (uno) Negociador Internacional 0088 --
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 213 y 708 de 2003.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de febrero de 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,

Jorge Humberto Botero Angulo.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

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