Por lo cual se hacen traslados en el Presupuesto en la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1940-03-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 23 de febrero pasado concedió al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la autorización necesaria para trasladar una suma dentro de sus apropiaciones, según cosnta en nota número 3852, procedente de la Secretaría de la mencionada entidad,

DECRETA:

Artículo único. Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Presupuesto Extraordinario.

CAPITULO 97

Del artículo 1598. Para legalizar a The Frederick Snare Corporation, el valor de los productos líquidos en la administración del Melecón de Cartagena, que deben ser aplicados al servicio de amortización e intereses del préstamo contratado con la mencionada Comapañía para las obras portuarias de dicha ciudad (contrato de 20 de abril de 1932, Diario Oficial número 21974) $ 50.000.00
Al artículo 1597. Para legalizar a Robert II. Parrish el valor de los productos líquidos en la administración del Terminal Marítimo de Barranquilla, que deben ser aplicados al servicio de amortización e intereses del valor del contrato celebrado con el mencionado señor para la canalización y construcción de un puerto terminal (Diario Oficial números 22450 y 23486) 50.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de marzo de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

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