Por el cual se señalan los negocios de que deberá ocuparse el Congreso Nacional durante las sesiones extraordinarias

Rango Decreto
Publicación 1979-04-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en desarrollo de lo dispuesto en el inciso final del artículo 68 de la Constitución Política, y

considerando

Que por Decreto 204 de 6 de febrero de. 1979 se convocó el Congreso Nacional a sesiones extraordinarias a partir del próximo 27 de febrero;

Que en dicho Decreto se dispuso que por norma .posterior se determinarían los negocios de que deberá ocuparse el Congreso durante tales sesiones,

decreta:

Artículo 1° Durante las sesiones extraordinarias que se prolongarán hasta el día. 6 de abril de 1979, el Congreso Nacional se ocupará en el estudio y tramitación constitucional de los siguientes proyectos de ley:

Número 147 de 1978 "por la cual se aprueba el convenio sobre Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA)".

Número 172 de 1978 "por la cual se aprueba el convenio Simón Rodríguez, de Integración Socio-Laboral en los países del Area Andina".

Número 104 de 1978 "por la cual se aprueba el convenio entre Colombia y la República Democrática Alemana sobre cooperación cultural y científica".

Número 142 de 1978 "por la cual se declara emergencia judicial por el término de un año y se dictan disposiciones tendientes a normalizar la administración de justicia".

Número 178 de 1978 "por la cual se modifican algunas disposiciones del estatuto que regula la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y se dictan otras disposiciones".

Número 139 de 1978 "por la cual se reviste al Presidente de la República de facultades extraordinarias para reorganizar la jurisdicción especial del trabajo, reformar las disposiciones legales sobre Código Sustantivo y Procesal del Trabajo".

Número 159de 1978 "por la cual se .crea el Fondo, del Ministerio de Educación Nacional".

Número 132 de 1978 "por la cual la Nación conmemora el Bicentenario del nacimiento de Simón Bolívar lo mismo que el Sesquicentenario de su muerte".

Número 180 de 1978 "por la cual se provee a la dotación de despachos judiciales y a la adquisición de sedes pro propias para estos".

Número 174 de 1978 "por la cual se modifica y adiciona el régimen del impuesto sobre la renta, y complementarios y se dictan otras disposiciones".

Número 181 de 1978 "por la cual se reviste al Presidente de la República de facultades extraordinarias para dictar las normas sobre régimen disciplinario y tribunales de honor para el personal de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional".

Número 176 de 1978 "por la cual se crea la tarjeta de crédito agrario-Crediagrario".

Número 140 de 1978 "por la cual se crea, una, institución de utilidad común, se reorganizan dependencias inherentes al Ministerio de Educación Nacional y se ordena la construcción del Centro Jorge Eliecer Gaitán".

"Por la cual se dictan normas en materia electoral".

"Por la cual se establecen reglas sobre dietas y prestaciones de los Diputados de las Asambleas Departamentales".

"Por la cual se crea el Departamento Administrativo de Desarrollo de la Comunidad y Asuntos Indígenas, se confieren facultades extraordinarias al Presidente de la .República y se dictan otras disposiciones".

"Por la cual se aprueba la Convención sobre reconocimiento y ejecución de sentencias arbitrales extranjeras".

"Por la cual se introducen modificaciones al Estatuto Nacional de Estupefacientes".

"Por la cual se crea la Universidad Militar".

"Por la cual se establecen unas categorías en los agentes de la Policía Nacional, se crea una bonificación y se dictan otras disposiciones".

"Por la cual se suprimen las restricciones al crédito para las cooperativas que operen en el programa de Desarrollo Rural Integrado - DRI".

"Por la cual se crea la Dirección General de Subsidio Familiar".

"Por la cual se modifica el régimen legal del subsidio familiar".

"Por la cual se crea el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, el Banco de Fomento Cooperativo y se dictan otras disposiciones".

"Por la cual se crea la Comisión Nacional de Valores y se dictan otras disposiciones".

"Por la cual se reviste al Presidente de la República de facultades extraordinarias para dictar .normas de protección al consumidor".

"Por la cual se disponen unas inversiones forzosas a cargo de las compañías de seguros y de reaseguros generales y se dictan otras disposiciones".

"Por la cual se reviste al Presidente de la República de facultades extraordinarias en materia administrativa, Ministerio de Minas y Energía".

"Por la cual se dictan normas sobre minería del carbón, se crean unos gravámenes se dictan otras disposiciones".

"Por la cual se dictan medidas sobre el patrimonio cultural nacional".

"Por la cual se modifica la naturaleza jurídica de un establecimiento público".

"Por la cual se reviste al Presidente de la República de facultades extraordinarias en materia administrativa y se dictan otras disposiciones, Ministerio de Obras Públicas y Transporte".

"Por la cual se dictan algunas disposiciones relacionadas con los Ferrocarriles Nacionales de Colombia".

"Por la cual se crea el Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad -DAS- y se dictan normas sobre su organización y funcionamiento".

Artículo 2° Igualmente, el Senado de la República so ocupará en la, elección de los miembros de la Comisión Asesora, de Relaciones Exteriores que le corresponden.
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 26 de febrero de 1979.

julio cesar turbay ayala

El Ministro de Gobierno,

Germán Zea.

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