Sobre arrendamiento de las Rentas de fósforo, cigarrillos, licores nacionales y extranjeros en los Territorios de Casanare, San Martín y el de la Goajira
El Presidente de la República de Colombia
considerando:
Que el consumo de fósforos y cigarrillos en los Territorios de San Martín, Casanare y La Guajira es de poca monta,
decreta:
En los Territorios de San Martin, Casanare y en el de La Guajira podrán arrendarse las Rentas de fósforos y cigarrillos junto con las de licores nacionales y extranjeros y en las fechas señaladas para el arrendamiento de las últimas.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 12 de Mayo de 1905.
R. REYES
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
Pedro Antonio MOLINA
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