por el cual se aprueba el Reglamento interno de l Escuela Militar
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Apruébase el Reglamento interno de la Escuela Militar expedido por el Ministerio de Guerra y presentado por la Dirección del mismo establecimiento.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá á 13 de mayo de 1911.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Guerra,
Mariano OSPINA V.
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