Por el cual se crea el Instituto Industrial de Pereira y se distribuyen los fondos para su sostenimiento

Rango Decreto
Publicación 1943-03-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Créase el instituto Industrial de Pereira, que funcionará con el siguiente personal y asignaciones que pagarán con cargo al Presupuesto extraordinario, capitulo bis, artículo 1483-C, así
Mensual Total
Director 200.00 2.00
Secretario Habilitado 120.00 1.200
Almacenista 60.00 600.00
Celador nocturno 45.00 450.00
Cuatro (4) Profesores de cultura general, a $ 90.00 cada uno 360.00 3.00
Jefe del Taller de Electricidad 100.00 1.000
Jefe del Taller de Mecánica 100.00 1.000
Jefe del Taller de Carpintería 100.00 1.000
Jefe del Taller de Latonería 90.00 900.00
Jefe del Taller de Albañilería 90.00 900.00
Cinco Instructores de Taller, a $75.00 cada uno 375.00 3750.00
Tres sirvientes de aseo, a $ 10.00 cada uno 30.00 300.00
Sumas 1.670.00 16.700.00
b) Para dotación, compra de maquinaria herramientas accesorios, repuestos reparación y conservación de las mismas en diez meses, de marzo a diciembre 640.00 6440.00
c) Para compra de material de enseñanza industrial, útiles de escritorio, deportes combustibles, jornales y demás gastos de esta Escuela, en diez meses de marzo a diciembre 690.00 6.900
Total $ 30.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1° de marzo de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso ARAUJO

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, encargado del Despacho de Educación Nacional

Arcesio LONDOÑO PALACIO

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