Por el cual se aprueba una resolución originaria de la Empresa Colombiana de Petróleos
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
y uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Apruébase la siguiente reforma de los Estatutos de la Empresa Colombiana de Petróleos:
RESOLUCION NUMERO 1 DE 1953
(febrero 5)
por la cual se reforman los Estatutos de la Empresa.
La Junta Directiva de la. Empresa. Colombiana de Petróleos, de conformidad con el artículo 27 de los Estatutos,
resuelve:
Artículo 1º El ordinal, f) del artículo 12 de los Estatutos, quedará así:
Corresponde asimismo al Gerente, el nombramiento y remoción de los funcionarios, empleados y obreros de la Empresa. La fijación de las asignaciones y los nombramientos de aquellos funcionarios cuyo sueldo sea de mil pesos ($ 1.000.00) o mayor, deben someterse a la consideración de la Junta para que los apruebe o impruebe antes de que empiece a regir el contrato de trabajo.
Artículo 2º Queda en estos términos reformado el artículo 7º; ordinal d) y el Artículo 12, ordinal t) de los Estatutos vigentes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de Febrero de 1953.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Minas y Petróleos,
Rodrigo Noguera Laborde
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