Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros
El Presidente de la República, de Colombia,
en ejercicio de las facultades contenidas en el artículo 120, numeral 5º de la Constitución Política y en el artículo 4º de la Ley 61 de 1987,
DECRETA:
Artículo 1º Nómbrase con carácter provisional por el término de cuatro (4) meses a Gloria Malo de Baena, con cédula de ciudadanía número 45438495 de CartagenA en el cargo de Profesional Especializado, Código 2010. Grado 08 de la Jefatura del Distrito de Obras Públicas número 3 - Cartagena, en reemplazo de Francia López de Guerrero, quien fue declarada insubsistente Mediante Decreto número 1824 del 9 de septiembre de 1987.
Artículo 2º El presente Decreto rige desde su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 10 de marzo de 1988.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
Luis Femando Jaramillo Correa.
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