En desarrollo del artículo 2o de la Ley 14 de 1905

Rango Decreto
Publicación 1907-04-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

decreta:

Para los efectos del artículo 2.° de la Ley 14 de 1905 desígnanse los Jueces provinciales y Jueces Superiores de Rentas creados por los Decretos números 628 y 631, de fechas 28 de Mayo de 1906 y 11 de Marzo del corriente año, respectivamente, para ejercer la jurisdicción coactiva que tiene el Banco Central para el cobro de las Rentas nacionales que maneja aquella entidad.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 15 de Abril de 1907.

R. REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

tobias VALENZUELA

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