Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Deuda Pública Nacional), por $ 13.285.000

Rango Decreto
Publicación 1967-04-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del ordinal b) del artículo 56 de la Ley 77 le 1966, y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno para hacer, mediante decreto, los traslados presupuestales necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo Plan de Inversiones del Gobierno, sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto-ley número 1675 de 1964;

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio de la Resolución número 1058 de 1967, ha declarado sobrante disponible una partida en el Presupuesto de Gastos de la Deuda Pública Nacional, por $13.285.000, y por medio de la misma providencia ha propuesto incrementar algunas aprobaciones deficientes en el presupuesto ordinario del Ministerio;

Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República ha expedido el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 5 de 1967, por un valor igual al que se trata de transferir, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967.

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Contracréditos. Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Deuda Pública Nacional.

CAPITULO 301. DIVISION DE CREDITO PUBLICO

Programa 362 - Deuda interna

Documento del portador

Bonos de Desarrollo Económico.

1° Bonos Clase "B" del 81/2% $ 76.016.516 $ 76.016.516
2° Bonos Clase "C" del 81/2% 21.250.543 21.250.543
3° Bonos Clase "D" del 5% 22.474.804 22.474.804
$ 119.741.863 $ 119.741.863
Que se descomponen en la siguiente forma: 306. 501. 1° Amortización $63.988.796
307. 50S. 2° Intereses 48.473.189
309. 511. 3° Comisiones y gastos 7.279.878 13.285.000
Suma el contracrédito $13.283.000
Créditos. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CAPITULO 0251. -ADMINISTRACION Y DIRECCION DEL MINISTERIO Programa 242. -Asesorías. Gastos generales. 105. 111. 301. Artículo 2513, Compra de equipo $ 50.000 $ 50.000
CAPITULO 0252. -RAMA TECNICA Programa 214. -Administraciones y Recaudaciones Impuestos Nacionales. Subprograma 1. Administración de la División de Impuestas, Servicios personales. 101. 114. 107. Artículo 2524. Sueldos del personal supernumerario 1.000.000 1.000.000
101. 114. 109. Artículo 2525. Remuneración servicios técnicos 100.000 100.000
Gastos generales. Artículo 2527. Mantenimiento y aseguros 60.000 60.000
105. 114. 301. Artículo 2528. Compra de equipo. 200.000 200.000
306. 114. 203. Artículo 2529. Viáticos y gastos de viaje 300.000 300.000
106. 114. 205. Artículo 2530. Servicio de comunicaciones 100.000 100.000
106. 114. 305. Artículo 2532. Materiales y suministros 500.000 500.000
106. 114. 311. Artículo 2533. Impresos y publicaciones 275.000 275.000
Subprograma 2. Administraciones y Recaudaciones de impuestos. Gastos generales. 105. 114. Artículo 2536. Mantenimiento aseguros 700.000 700.000
105. 114. 301. Artículo 2537. Compra de equipo. 1.500.000 1.500.000
106. 114. 203. Artículo 2538. Viáticos y gastos de viaje 400.000 400.000
106. 114. 205. Artículo 2539. Servicio de comunicaciones 50.000 50.000
106. 114. 207. Artículo 2540. Servicios públicos. 100.000 100.000
106. 114. 305. Artículo 2541. Materiales y suministros 1.000.000 1.000.000
106. 114. 211. Artículo 2542. Defensa de la Hacienda Pública 400.000 400.000
Programa 249. -Procesamiento Automático de Datos. Gastos generales. 106. 111. 305. Artículo 2607. Materiales y suministros 800.000 800.000
106. 111. 209. Artículo 2609. Arrendamientos 400.000 400.000
CAPITULO 0253.-RAMA ADMINISTRATIVA Programa 250. -Servicios Administrativos Generales. Gastos generales. 105. 111. 201. Artículo 2613, Mantenimiento y aseguros 2.000.000 2.000.000
105. 111. 301. Artículo 2614. Compra de equipo 100.000 100.000
106. 111. 203. Artículo 2615. Viáticos y gastos de viaje 50.000 50.000
106. 111. 205. Artículo 2616. Servicio de comunicaciones 50.000 50.000
106. 111. 207. Artículo 2617. Servicios públicos 50.000 50.000
106. 111. 305. Artículo 2618. Materiales y suministros 100.000 100.000
106. 111. 305. Artículo 2620. Papel sellado, estampillas y especies venales 1.500.000 1.500.000
Programa 251. -Financiamiento a cargo del Ministerio. Transferencias. 205. 530. 411. Artículo 2628. Indemnización sentencias a cargo de la Nación 1.500.000 1.500.000
Suman los créditos $ 13.285.000 $ 13.285.000
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 18 de marzo de 1967.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.

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