Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1945-02-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 21 de febrero del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones dsel Ministerio de Educación Nacional, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

CAPITULO 66 CAPITULO 66 CAPITULO 66
Del artículo 940. Para compra de material de enseñanza con destino a las Escuelas Primarias Oficiales, empaques, transportes y demás gastos d e este servicio $ 13.000.00
CAPITULO 66 CAPITULO 66 CAPITULO 66
Al artículo 963-A, Para sueldos del personal y sostenimiento en general de la Escuela Nacional "José María Hernández" de Puerto Leguízamo, Caucaya, Intendencia del Amazonas $ 13.000.00
Artículo 2° E1 presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de febrero de 1945.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de la Economía Nacional, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,

Carlos S.DE SANTAMARIA

El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho de Educación Nacional,

Antonio ROCHA

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