Por el cual se abre un crédito estroardinario al presupuesto de gastos para la vijencia económica de 1877 a 1878
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia
decreta :
Artículo único. Abrese un crédito estraordinario al Presupuesto de gastos para la vijencia económica de 1877 a 1878, por la suma de dos mil ochocientos sesenta pesos ($ 2,860), para el pago de los gastos de personal i material que, por decreto número 440 del corriente año, se destinaron para la del servicio de la Administracion de la salina de Chámeza.
Este crédito es aplicable a los capítulos 7.° i 8.° del Departamento de gastos de Hacienda.
Dado en.Bogotá, a 18 de julio de 1877.
SERJIO CAMARGO.
El Secretario de Hacienda i Fomento,
Luis Bernal.
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