Por el cual se hace un traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1932-03-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

"Apruébase el siguiente traslado: del capítulo 65, artículo 517. del mismo capítulo, $ 2,000. Por el Ministerio de Hacienda se elaborará el correspondiente decreto,"

DECRETA:

Artículo único. Hácese el siguiente traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso:

DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA

CAPITULO 65

Personal y material.

Del artículo 516. Para pago de arrendamientos de locales para las Auditorias Seccionales $ 2,000
Al Artículo 517. Para viáticos de los empleados de la Contraloría 2,000
Sumas Iguales $ 2,000 2,000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Fusagasugá a 11 de marzo de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Esteban JARAMILLO

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