Por el cual se crea un puesto y se hace un nombramiento (ramo de carreteras)
El Presidente de la Republica,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1°. Crease el cargo de revisor Fiscal y de Estadística de las Carreteras Central del Norte; sección primera, de oriente, en toda su extensión, del Sur en la sección de Bogotá a Fusagasugá con la asignación de $20 mensuales, que se pagaran así: $90 por cada una de las dos primeras carreteras, y $ 20 por la del Sur.
Artículo 2°. El empleado que desempeñe tal puesto tendrá su asiento en Bogotá y ejercerá las funciones que al efecto le señale el Ministerio de Obras Públicas.
Artículo 3°. Para desempeñar dicho cargo nombrase al señor Venancio Ortiz.
Comuníquese y publíquese.
Dado el Bogotá a 7 de Marzo de 1920.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Arturo HERNANDEZ C.
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