Por el cual se dispone la irrigación de los llanos de Mariquita, en desarrollo de la Ley 149 de 1938, y se hace un nombramiento

Rango Decreto
Publicación 1939-02-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

Que la Ley 149 de 1938 reformatoria de la número 23 de 1936, ordena la construcción de la obra de irrigación del ejido Municipal de Mariquita, y destina la suma de $ 40,000 para la realización de ella.

Que en el Presupuesto Nacional vigente Decreto número 2334 de 1938, en el Capítulo 45 artículo 274, fueron liquidados $ 30,000 para el cumplimiento de la mencionada Ley.

Que los estudios previos proyectos, planos y presupuestos elaborados por la Sección de Aguas del Ministerio de la Economía Nacional, están ya terminados y aprobados.

DECRETA:

ARTÍCULO 1° El Ministerio de la Economía Nacional, por conducto de la Sección de Irrigación del respectivo Departamento iniciará los trabajos de construcción del plan irrigatorio de Mariquita, de acuerdo con los planos y proyectos aprobados.
ARTÍCULO 2° La administración y dirección de la obra estará a cargo de un Ingeniero director, que tendrá una asignación mensual de $ 270,00 y de un Almacenista Pagador que tendrá una asignación de $ 120.00.
ARTÍCULO 3° Para desempeñar el cargo de Ingeniero Director nómbrase al Ingeniero Alberto Mejía Marulanda.
ARTÍCULO 4° Los gastos que ocasione el presente Decreto, se harán de acuerdo con los presupuestos mensuales elaborados por el Departamento de Aguas y Meteorología del Ministerio de la Economía Nacional, por conducto de la Administración de Hacienda Nacional de Honda, y serán imputados al Capítulo 45, artículo 274 del Presupuesto Nacional vigente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de febrero de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de la Economía Nacional,

Jorge GARTNER

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