por el cual se corrige un yerro tipográfico

Rango Decreto
Publicación 2001-03-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades legales que le confiere el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913,

DECRETA:

Artículo 1°. Corrígese el yerro tipográfico contenido en el artículo 75 del Decreto 1790 de 2000, numeral b), por el cual se expidió las normas de la Carrera de personal de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares, el cual quedará así:

Artículo 75. Magistrado del Tribunal Superior Militar. b) Haber sido Juez de Primera Instancia o Fiscal Penal Militar o Auditor de Guerra de División o sus equivalentes en la Armada Nacional y la Fuerza Aérea, de la Dirección General de la Policía Nacional; o de la Inspección General, por tiempo no inferior a Cinco (5) años.

Artículo 2°. El decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D. C., a 14 de marzo de 2001.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Defensa Nacional,

Luis Fernando Ramírez Acuña.

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