Por el cual se designa el personal de los Juzgados Municipales de los Territorios Nacionales y sus correspondientes asignaciones
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 1° de la Ley 75 de 1945,
DECRETA:
Artículo 1°. El personal de los Juzgados Municipales de los Territorios Nacionales y sus asignaciones mensuales correspondientes, serán los que a continuación se expresan, a partir del 1° de febrero de 1946:
INTENDENCIA DEL CHOCO
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 13 de febrero de 1946.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Gobierno,
Absalón FERNANDEZ DE SOTO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ
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