Por el cual se concede una franquicia telegráfica
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Concédese franquicia telegráfica al Prefecto Apostólico del Caquetá para tratar asuntos relacionados con la Misión, con la instrucción pública y con el camino que se está construyendo de Pasto á Mocoa, con una limitación de veinticinco palabras para cada despacho.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 9 de Noviembre de 1909.
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Subsecretario de Gobierno encargado del Despacho,
BERNARDO ESCOVAR
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