Por el cual se organiza la Jefatura de la frontera del Táchira

Rango Decreto
Publicación 1915-03-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia.

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

que como consecuencia de la supresión del Escalafón Territorial queda eliminada la 3.a. Zona Militar de Reclutamiento, Oficina que tenía a su cargo las funciones de la Jefatura del Táchira, y

Que es de absoluta necesidad mantener en la frontera del Táchira la mencionada Jefatura,

Decreta:

Artículo 1.° Organízase la Jefatura de la frontera del Táchira como dependencia del ramo de policía de fronteras, con el personal y las asignaciones mensuales que se expresan:

Un Jefe, con doscientos cincuenta pesos.

Un primer Ayudante, con ochenta pesos; y

Un segundo Ayudante, con sesenta pesos.

Artículo 2.° Las funciones de la Jefatura de la frontera del Táchira serán las que determina la Ley 22 de 1871, sobre Policía de fronteras, y las demás que le asigne el Ministerio de Guerra.
Artículo 3.° El personal que ha venido desempeñando estos puestos en comisión, continuará ocupándolos hasta nueva disposición del Gobierno.
Artículo 4.° Los gastos que ocasione el cumplimiento de este Decreto serán imputados al capítulo 42, artículo 331, del Presupuesto vigente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 8 de marzo de 1915.

jose vicente concha.

El Ministro de Guerra,

isaias lujan.

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