por el cual se dictan disposiciones para orientar y coordinar el Sector Defensa y se crean unos Comités

Rango Decreto
Publicación 2008-11-27
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en concordancia con lo previsto en los artículos 44 y 59 numeral 7 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º. Orientación y coordinación. El Ministro de Defensa Nacional es la autoridad competente para ejercer la función de orientación y coordinación de las entidades y dependencias que conforman el Sector Defensa.

Para el ejercicio de esta función el Ministro de Defensa Nacional dictará la política con fundamento en los siguientes lineamientos:

Artículo 2º. Junta Asesora del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED". La Junta Asesora del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED" será presidida por el Ministro de Defensa Nacional, y estará integrada por:

Parágrafo 1º. En ausencia del Ministro de Defensa Nacional, presidirá la Junta Asesora del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED", el Comandante General de las Fuerzas Militares y así sucesivamente en orden de antigüedad. La Junta Asesora del GrupoSocial y Empresarial del Sector Defensa "GSED" se reunirá según se establezca en su reglamento.

Parágrafo 2º. Serán invitados permanentes con voz pero sin voto, los Viceministros y el Secretario General del Ministerio de Defensa Nacional. La Junta Asesora de que trata el presente artículo podrá invitar a sus sesiones a las personas que estime convenientes para ilustrar sobre el tema de la reunión.

El Secretario de la Junta Asesora será el funcionario que designe el Viceministro del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED", quien elaborará las actas de las reuniones y llevará su archivo.

Artículo 3º. Funciones de la Junta Asesora del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED": La Junta Asesora del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED", tendrá las siguientes funciones:
Artículo 4º. Comités por Unidad Estratégica de Negocio. Los Comités por Unidad Estratégica de Negocio para atender los temas y campos de acción que encierra el Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED" en forma especializada, estarán clasificados así:

Parágrafo. El Comité de Educación, Vivienda y Recreación y el Comité de Salud y SeguridadSocial conforman el Comité Temático de Bienestar.

Artículo 5º. Integración de los Comités por unidad Estratégica de Negocio. Los Comités por Unidad Estratégica de Negocio estarán integrados por miembros de las Juntas Directivas y Consejos Directivos de las entidades que conforman el Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED" y por funcionarios del Ministerio de Defensa Nacional así:

1.Comité de Apoyo Logístico:

1) El Director de Gestión de Información y Tecnología del Ministerio de Defensa Nacional;

2.Comité de Educación, Vivienda y Recreación:

3.Comité de Salud y Seguridad Social:

1) El Director de Veteranos y Bienestar Sectorial del Ministerio de Defensa Nacional;

4.Comité de Apoyo a la Seguridad:

Parágrafo. Los Comités de que trata el presente artículo se reunirán según se establezca en su reglamento. El Secretario de cada uno de estos Comités será el funcionario que designe el Viceministro para el Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED", quien elaborará las actas y llevará los archivos de las reuniones.

Artículo 6º. Funciones de los Comités por Unidad Estratégica de Negocio. Los Comités por Unidad Estratégica de Negocio del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED", tendrán las siguientes funciones:
Artículo 7º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de noviembre de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Ministro de Defensa Nacional,

Juan Manuel Santos C.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

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