por el cual se adiciona el Decreto 1642 del 26 de mayo de 2006
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y artículos 47 y 49 de la Ley 909 de 2004,
DECRETA:
Artículo 1º. Adicionar dentro de las excepciones contempladas en el artículo 1º del Decreto 1642 del 26 de mayo de 2006, el empleo de Agente Secreto.
Artículo 2º. Adicionar el artículo 3º del Decreto 1642 del 26 de mayo de 2006, con el siguiente numeral:
-
- Candidatos que se recluten por fuente interna o mixta.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de noviembre de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Subdirector del Departamento Administrativo de Seguridad encargado de las funciones del Director,
Joaquín Polo Montalvo.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.
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